¿Es válida la firma digital de un mandato SEPA?
Si. Cualquier forma de firma válida en el país del consumidor es válida para firmar el mandato SEPA.
No hay que perder de vista que, se firme como se firme, es el banco del deudor el que tiene la última palabra sobre la aceptación del mandato. A tal efecto, el Comité Nacional de Pagos auspiciado por el Banco de España publicó un documento de acuerdo sobre los distintos tipos de firma digital para marcar las directrices a los bancos:
No se debe confundir la firma digital con el mandato digital, algo soportado por SEPA pero de escasa/nula penetración en España y que permitiría una validación e irrefutabilidad por parte del banco del acreedor.